FERROL360 | Miércoles 15 junio 2016 | 8:01
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha desestimado el incidente de nulidad de actuaciones interpuesto por la regasificadora de Mugardos, Reganosa, el pasado 5 de mayo y confirmando así la sentencia anterior que anulaba la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas en la que se otorgaba la autorización administrativa para la instalación de la planta.
Así se recoge en el auto que emitió el alto Tribunal el pasado 25 de mayo y cuyo contenido se hacía público este martes. El fallo explica que tanto la Modificación Puntual número 4 del Plan General de Mugardos que se aprobó el 12 de junio de 2012 como la desestimación del recurso contencioso-administrativo dirigido contra ella, por sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia el 23 de diciembre del pasado año, son «hechos posteriores a la presentación de la solicitud y a la resolución administrativa que otorgó la autorización».
Reganosa había apelado a un error de fechas en la anterior sentencia, un extremo que ahora reconoce el Tribunal aclarando que «no resulta relevante, ni determinante del fallo», por lo que se reafirman en su decisión.
El pasado 28 de marzo el Supremo anulaba la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 3 de junio de 2003 que otorgaba a la planta de gas su autorización administrativa y Reganosa promovía incidente de nulidad el 5 de mayo de este año.
Por su parte, la la Plataforma de Vecinos O Cruceiro de Mehá formuló alegaciones el 18 de mayo, el mismo día que la Administración del Estado solicitaba la nulidad de la sentencia del Supremo y la desestimación del recurso de casación interpuesto por los vecinos mugardeses.
Alegaciones de entidades
Entidades ecologistas, vecinales, sociales y partidos políticos como Esquerda Unida, PSOE y BNG habían presentado la pasada semana un escrito de alegaciones ante el Ministerio de Industria después de publicarse en el BOE el día 30 de mayo la apertura de información pública de la solicitud de autorización previa de Reganosa, solicitando la nulidad de tramitación.
Algunos siguen pretendiendo que una empresa estratégica para Galicia y que genera cientos de empleo eche el cierre y mande a casa a sus trabajadores, basándose únicamente en que el Tribunal Supremo dice que hay que solventar unos trámites que ya fueron solventados con posterioridad a haberse presentado el recurso.